El Comité Contra la Tortura da un año de plazo a México para atender recomendaciones
El organismo exhorta al gobierno a tipificar como grave el delito de esa práctica
Ginebra, 24 de noviembre. El Comité Contra la Tortura (CCT), dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, instó a México a investigar de manera pronta, efectiva e imparcial los incidentes ocurridos en San Salvador Atenco, en Guadalajara, los feminicidios en Ciudad Juárez y los sucesos recientes de Oaxaca, en los que han surgido numerosas quejas por tortura, violencia, así como agresiones sexuales contra mujeres durante los operativos de seguridad pública.
Extraordinariamente, el comité dio como plazo un año (noviembre de 2007) para que el gobierno informe sobre la realización de las recomendaciones relacionadas en esas investigaciones, así como la tipificación a escala nacional del delito de tortura, y sobre la competencia de tribunales del fuero común para los procesos de militares que incurrieron en delitos contra civiles durante su función.
En su evaluación final del cuarto informe periódico de México sustentado en Ginebra los pasados 8 y 9 de noviembre, el grupo de 10 expertos consideró que las autoridades en el país utilizan tipos penales menos graves para tipificar actos de tortura, lo que sería, a su juicio, "una posible explicación del bajo número de personas procesadas y condenadas por esos delitos". El gobierno mexicano tan sólo admitió la ocurrencia de 72 casos de tortura.
El comité demandó encontrar a los culpables, llevarlos a la justicia, imponerles penas apropiadas y, por otro lado, garantizar que las víctimas reciban compensación justa y efectiva, que las mujeres que fueron objeto de violencia sexual tengan acceso a servicios médicos y sicológicos adecuados, estableciendo además la posible juridicción en los casos apropiados de la fiscalía especial para la Atención de Delitos Relacionados con Actos de Violencia contra las Mujeres.
Recomendó que el Estado garantice el uso de la fuerza únicamente como último recurso y con estricto apego a las normas internacionales de proporcionalidad y necesidad en función de la amenaza existente, además de implementar la recomendación general número 12 de la CNDH de enero 2006.
Principales motivos de las recomendaciones
De una serie de preocupaciones identificadas durante el examen a México, el CCT dio a conocer esta tarde unas 20 recomendaciones al Estado mexicano y, para cuatro de ellas, dio el plazo de un año para recibir informes concretos sobre la atención a las mismas.
Como recomendación particular estuvo que el Estado asegure la armonización en todo el país de la legislación federal y las estatales en la tipificación del delito de tortura, conforme a los estándares internacionales y regionales, incluyendo la Convención Internacional y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.
Asimismo reconvino al Estado a garantizar que sean los tribunales civiles los encargados de juzgar los delitos contra los derechos humanos, y en especial la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes, perpetrados por militares contra civiles aun cuando hayan ocurrido en actos de servicio. E igualmente recomendó la reforma al Código de Justicia Militar para incluir el delito de tortura.
El comité de expertos también llamó a México a que garantice que ninguna declaración obtenida bajo tortura pueda ser usada como prueba, directa o indirectamente, en cualquier proceso, tal y como está establecido en el artículo 15 de la convención.
La inquietud del CCT porque no ha sido aprobada la reforma al sistema integral de justicia pública y al sistema de justicia penal confluyó en la recomendación de que el Estado debe lograrlo a fin de, inter alia, instaurar un modelo de proceso penal acusatorio y oral que incorpore plenamente la presunción de inocencia y garantice la aplicación de los principios de un proceso debido en la valoración de la prueba.
También le preocupa al comité que si bien existe un proyecto de reforma en el Congreso para este efecto los delitos de lesa humanidad, incluido el de tortura, siguen siendo prescriptibles. Ante ello recomendó que el Estado investigue todos los alegatos de tortura de manera pronta, efectiva e imparcial y que garantice el examen de un médico independiente en todos los casos.
Igualmente expresó preocupación eco del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares por la aplicación del artículo 33 de la Constitución, que atribuye al Ejecutivo la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente, porque no asegura el acceso pleno a los recursos judiciales que permitan establecer la veracidad del caso; recomendó apegarse al artículo tercero de la convención para que el extranjero pueda presentar oposición al recurso de expulsión.
Los avances
Entre los avances reconocidos por los 10 expertos desde el tercer informe periódico de México estuvieron la ratificación, el 11 de abril de 2005, del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura, y la declaración del 15 de marzo de 2002 con la que aceptó la competencia de dicho comité para recibir quejas individuales de tortura, como explícito en el artículo 22.
Además, la implementación del Protocolo de Estambul a escala federal y local y la creación del comité para monitoreo y evaluación del certificado médico-sicológico sobre posible tortura.
Durante la sustentación del informe de México, los expertos Claudio Grossman y Fernando Meriño Menéndez fungieron como relatores de las penas, maltratos y tortura, así como de casos de desapariciones forzadas y detenciones arbitrarias porque éstas propician la ocurrencia de tortura, que las víctimas o sus familiares les han hecho llegar, apoyándose en informaciones e investigaciones de las representaciones de la sociedad civil y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a la cual felicitó por su labor de monitoreo y denuncia de las violaciones a las garantías individuales.
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